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ELZABURU

Comunicados COVID-19

Elzaburu, comunicado covid-19

 

Acceda a los comunicados de Elzaburu sobre las medidas internas adoptadas y las consecuencias de la declaración en España del estado de alarma

1er COMUNICADO – ELZABURU y la declaración de estado de alarma en España

Actualizado a 26 de mayo de 2020

Estimados clientes, colegas y amigos:

El Gobierno español, mediante Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado del sábado 14 de marzo, declaró el estado de alarma en todo el territorio español, durante un plazo de 15 días naturales. Esta declaración, que se ha prorrogado en sucesivas ocasiones, incluida la más reciente de 8 de mayo, tiene por objeto proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión del COVID-19 y reforzar el sistema de salud pública. En relación con esta declaración, queremos informar de lo siguiente:

1.- Que, como ya hemos informado, durante estas semanas hemos sufrido la perdida de nuestro Presidente Alberto de Elzaburu. El resto del personal de ELZABURU, profesionales, técnicos y administrativos, se mantiene, casi en su totalidad, en buen estado de salud.

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2do COMUNICADO – Plazos procesales

Actualizado a 27 de abril de 2020

¿Se han paralizado todos los pleitos en propiedad intelectual e industrial en España?

La declaración del Estado de Alarma en España a consecuencia de los avances del COVID-19 ha dado a entender que los procesos judiciales se han paralizado por completo durante quince días. Algunos matices son necesarios al respecto.

1. Infracciones en la red

El procedimiento de salvaguarda contra defraudaciones de derechos de autor en la red sigue operativo. Se puede seguir instando la retirada de contenidos ilícitos por el procedimiento on-line ante la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura. Nada ha cambiado tampoco en cuanto a la posibilidad de retirar contenidos de las plataformas de internet a través de sus propios mecanismos de resolución de conflictos.

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3er COMUNICADO – Envíos postales y de mensajería

En estos momentos tan difíciles para todos, queremos hacer llegar a todos nuestros clientes, colegas, amigos y sus familias y allegados todo nuestro apoyo y mejores deseos de salud.

Las medidas impuestas por el gobierno español mediante Real-Decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo, nos obligan a adoptar ciertas cautelas en relación con los envíos postales y de mensajería. En este contexto, debemos pedir que, a partir de hoy y mientras no les informemos de lo contrario,

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4º COMUNICADO – Impacto en las ayudas a la innovación

El impacto de las medidas adoptadas como consecuencia de la crisis del COVID-19 en los procedimientos de concesión de ayudas destinadas a proyectos de innovación tecnológica

El Real Decreto 463/2020 publicado el pasado 14 de marzo, y por el que se declara el Estado de Alarma en nuestro país, establece, entre sus medidas, la suspensión de los plazos administrativos y de caducidad y prescripción durante la vigencia del Estado de Alarma.

Las implicaciones de esta suspensión de plazos afectan, por tanto, a los procedimientos de concesión de ayudas o subvenciones, y varían dependiendo de la convocatoria de ayuda ante la que nos encontremos, y del tipo de organismo que la gestiona. En esta nota hemos recogido cómo se ven afectados algunos de estos programas de concesión de ayudas.

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5º COMUNICADO – Normalización en la tramitación de los pleitos en España

Un paso adelante hacia la normalización en la tramitación de los pleitos en España

La Declaración de Alarma a consecuencia de la propagación del Covid-19 trajo consigo en Espala la paralización relativa de los pleitos en propiedad industrial e intelectual desde el 16 de marzo. El alcance de esta paralización ya ha sido objeto de una Circular anterior de ELZABURU.

En el tiempo transcurrido desde entonces se habían generado no pocos interrogantes en cuanto a la reanudación de la actividad procesal después de que terminase el periodo de confinamiento. El Gobierno ha querido resolver algunas de estas dudas en un Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, publicado el 29 de abril. El escenario al que nos enfrentamos es el que sigue:

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6º COMUNICADO – Apoyo al sector cultural

Real Decreto-Ley 17/2020 por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

Con la finalidad de paliar los efectos negativos ocasionados por la crisis COVID-19 y las medidas de contención al respecto, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado con fecha 6 de mayo de 2020 el Real Decreto-Ley que analizamos a continuación (en adelante, el “RD 17/2020”), por el que se aprueban las siguientes medidas de apoyo al sector cultural.

Si quiere conocer mejor el contenido del RD, puede acceder al documento que ha preparado el Área de Media & Entertainment de Elzaburu, en el que aclaran todos los detalles de las medidas adoptadas para apoyar a este sector.

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7º COMUNICADO – La Justicia española se pone en marcha

El Congreso de los Diputados, en Resolución publicada el 23 de mayo en el BOE, ha acordado por fin la reanudación a partir del 4 de junio próximo de los procesos judiciales y administrativos que habían permanecido en suspenso en España desde el 14 de marzo por los efectos del confinamiento. La situación quedaría como sigue:

1. Procedimientos judiciales con plazos en suspenso

Los plazos que quedaron en suspenso en cualquier procedimiento judicial a raíz de la Declaración de Alarma empezarán a contarse de nuevo desde su inicio a partir del día 4 de junio.

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8º COMUNICADO – Panorama actual en España de los pleitos en PI en un escenario de pandemia recurrente

La publicación el sábado pasado de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, invita a volver la vista atrás, sin dejar de mirar hacia delante, para tratar de contextualizar los efectos del COVID-19 sobre los pleitos en propiedad industrial e intelectual.

1. Tres meses de suspensión de señalamientos y plazos procesales

Todos los lectores de nuestros Comunicados anteriores recuerdan que como consecuencia de la Declaración de Alarma decretada en España para contener la propagación del Coronavirus, los procedimientos judiciales (a excepción de las medidas cautelares urgentes) han permanecido en suspenso desde el 16 de marzo al 4 de junio (82 días sin Vistas, audiencias previas ni plazos).

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